Fecha límite: 30-04-2013
Qué hay que declarar
Tres bloques:
1.- Cuentas en entidades financieras en el extranjero.
2.- Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero.
3.- Bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles.
Cuyo valor conjunto supere 50.000 €.
En los próximos ejercicios
-Solo será obligatoria cuando cualquiera de los bienes o la suma de ellos superen un incremento de 20.000 €
Sanciones
-Por no declarar 1 de los 3 bloques, la sanción mínima es de 10.000 €.
-Por no declarar los 3 bloques, la sanción mínima es de 30.000 €
-Además una sanción pecuniaria del 150 % sobre las ganancias patrimoniales no justificasa obtenidas en el extranjero por incumplimiento de información.
Consejo
Haga la declaración en plazo, le ayudamos a ello.