El periodo de rebajas de verano 2014 de la Comunidad Valenciana es del 30-6-14 al 4-10-14, o sea, el último lunes del mes de junio al primer sábado de octubre.
La norma que regula las rebajas es la Ley de Garantías.
- ¿A QUIÉNES AFECTA LA LEY DE GARANTÍAS?
Solamente a los vendedores de bienes de consumo y a los consumidores como destinatarios finales. Quedan excluidos los contratos entre particulares.
- ¿A QUÉ BIENES AFECTA LA LEY DE GARANTÍAS?
Afecta a los bienes muebles corporales destinados al consumo privado y los contratos de suministro de bienes de consumo que hayan de fabricarse, por lo que quedan fuera los bienes inmuebles y los servicios
- ¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES NOVEDADES QUE INTRODUCE LA LEY DE GARANTÍAS?
Facilita al consumidor distintas opciones para exigir el saneamiento del bien adquirido cuando no sea conforme con el contrato, dándole la opción de exigir la reparación del bien o su sustitución siempre que la opción elegida no resulte imposible o desproporcionada, en cuyo caso el consumidor optará entre la rebaja del precio o la resolución del contrato (devolución del dinero y recuperación del importe). Desde el momento en que el comprador comunique al vendedor la opción elegida ambas partes deberán atenerse a ella.
- ¿CÓMO HAN VARIADO LOS PLAZOS DE GARANTÍA?
El plazo de garantía se amplía a dos años en el caso de los bienes nuevos, y a un año en el caso de bienes de segunda mano (en estos últimos no se puede exigir la sustitución). El plazo de garantía se paraliza cuando el bien se encuentra en reparación. El garante de la conformidad del producto con el contrato es el vendedor. En los casos en que resulte imposible dirigirse a él, el consumidor podrá acudir directamente al fabricante o al importador.
- ¿SON LEGALES LOS VALES POR EL IMPORTE DE LA COMPRA DE UN PRODUCTO DEVUELTO EN VEZ DEL EFECTIVO?
De acuerdo con la Ley de Comercio Minorista, el ejercicio de la devolución de un producto es un derecho previamente reconocido por el comerciante. Por lo que si el comerciante de forma voluntaria admite la devolución de la mercancía sin que exista razón o fundamento jurídico para ello, es decir que se trata de mercancías en perfecto estado, sin defectos ni vicios ocultos, no se observa impedimento legal para la emisión de esos «vales», siempre y cuando no haya existido previamente un compromiso -por ejemplo mediante publicidad-, de devolver dinero en efectivo, en cuyo caso la entrega de vales resultaría fraudulenta, habida cuenta de que la publicidad forma parte del contrato y obliga al comerciante.
- ¿ES LEGAL OBLIGAR A LOS CLIENTES A MOSTRAR SUS BOLSOS A LA CAJERA CUANDO ÉSTA LO SOLICITE?
La práctica de algunos establecimientos comerciales de obligar a los clientes a mostrar sus bolsos a la cajera cuando ésta lo solicite, es objeto de un informe por parte del Instituto Nacional de Consumo. El citado informe, tras analizar la normativa vigente aplicable al caso, concluye con lo siguiente:
- Sólo el personal de seguridad -sólo lo es quien establece la Ley de Seguridad Privada- puede realizar las funciones de vigilancia y control que dicha ley contempla y además en las condiciones y con los requisitos que en la misma se establecen
- El personal de los establecimientos, si no es personal de seguridad según lo establecido en el punto primero, no puede nunca realizar funciones de control
- Si los establecimientos comerciales quieren tomar medidas para evitar robos o sustracciones, deberán adoptar aquéllas que la Ley establece, por eso no es correcto el cartel de «MUESTRE SU BOLSO A LA CAJERA» y los comerciantes que lo mantengan incurren en infracción a lo previsto en la Ley de seguridad Privada
- ¿QUÉ PLAZO DE TIEMPO HAY PARA DEVOLVER UN PRODUCTO COMPRADO?
En los casos en que el producto es conforme y no tiene defectos, el comerciante quedará obligado a realizar cambios o devoluciones si así lo anuncia u oferta expresamente en su publicidad o en carteles.
Cuando se admite el cambio o devolución, y en caso de no haberse anunciado el plazo para dicha devolución, éste será de siete días.
En las ventas domiciliarias y ventas a distancia, es un derecho del consumidor otorgado por ley, quien con carácter general dispondrá al menos de siete días para la devolución, aunque el producto sea conforme a lo ofertado y no presente defectos