No se puede vender tabaco de forma manual, solo a través de máquinas.
Los bares deben tener a disposición de la Guardia Civil:
1.- La tasa de venta de tabaco en VIGOR.
2.- La llave de apertura de la máquina.
3.- El mando de funcionamiento de la máquina para no vender tabaco a menores de edad.
4.- Las facturas de compra del tabaco deben de estar en el establecimiento.
5.- Tarifas oficiales de venta de tabaco con recargo.
A efectos Sanitarios, debe tener a la vista:
1.- Cartel indicativo de tener hojas de reclamaciones.
2.- Licencia de apertura del Ayuntamiento.
3.- Cartel de prohibida entrada de menores.
4.- Cartel de apertura y cierre del establecimiento.
5.- Cartel del aforo permitido.
6.- Seguro de responsabilidad civil (RC)