Consejo ministros del viernes 25 de mayo.
Se ha simplificado los trámites para poder abrir un establecimiento de menos de 300 m2 (quedaron excluidos los establecimientos de hostelería), simplemente con la presentación de una comunicación previa o declaración responsable ante el ayuntamiento de cumplir los requisitos exigidos para acondicionar el local y pagar los impuestos requeridos, posteriormente, los técnicos municipales comprobarán que la documentación presentada es correcta.
Consejo ministros del viernes 11 de mayo
En los contratos de alquiler de vivienda, la prórroga forzosa de 5 años pasa a 3 años y la prórroga tácita o automática pasa de 3 años a 1 año, o sea lo que antes era 5+3= 8 años pasa a 3+1= 4 años.
Si inscribe el contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad se obtienen las siguientes ventajas:
–Para el propietario: en caso de impago, se requiere judicial o notarial la resolución del contrato y con la cancelación de la inscripción se podrá cobrar las rentas pendientes de cobro en 10 días, eso sí, si el cliente es solvente.
–Para el inquilino: en caso de venta del inmueble siempre tendrá el derecho a permanecer en el mismo.